A quién puedes patrocinar
- Ciudadanos estadounidenses pueden patrocinar a un cónyuge, padre, hijo, hija, hermano o hermana.
- Residentes permanentes pueden patrocinar a un cónyuge y a un hijo o hija soltero/a.
- No puedes patrocinar a abuelos, primos, tíos, tías ni suegros con el Formulario I-130.
Te ayudamos a preparar los formularios correctos de USCIS para que tu papeleo esté completo y listo para enviar. Consulta nuestra guía del I-130 para más detalles.